Los días 17 y 18 de mayo, el Presidente de la Corte Penal Internacional (CPI), magistrado Sang-Hyun Song, habrá de visitar Bogotá (República de Colombia), por invitación del Presidente de Colombia, Excelentísimo Señor Juan Manuel Santos Calderón. El primer día de la visita, el Presidente Song y el Presidente Santos firmarán un acuerdo sobre la ejecución de las penas impuestas por la CPI; Colombia será el primer país de la región de América Latina y el Caribe que firme un acuerdo de esa índole.
La visita a Colombia forma parte de los esfuerzos del Presidente Song por sensibilizar a la opinión pública mundial acerca de la CPI. Viajará a la capital de Colombia desde Puerto España (Trinidad y Tabago), donde hará uso de la palabra en un seminario sobre el Estatuto de Roma de la CPI para los países de la Comunidad del Caribe.
Al llegar a Bogotá, el Presidente de la CPI se reunirá con muy diversos interlocutores. Además de reunirse con el Presidente Santos y otros altos funcionarios gubernamentales, mantendrá reuniones con organizaciones de la sociedad civil, con los Presidentes de la Corte Suprema y la Corte Constitucional de Colombia y con representantes de organizaciones internacionales y misiones diplomáticas. En la Universidad de los Andes, dictará una conferencia titulada Justicia PenalInternacional – Cómo avanzar.
El Presidente Song se valdrá de esta oportunidad para poner de relieve que la CPI es un tribunal de última instancia. Insistirá en la responsabilidad primaria de los Estados de investigar y enjuiciar a nivel nacional los crímenes más graves de trascendencia para la comunidad internacional en su conjunto. Asimismo, señalará algunas acciones que los Estados pueden adoptar para que el sistema establecido por el Estatuto de Roma funcione efectivamente, entre ellas cooperar con la Corte, fortalecer los sistemas nacionales de justicia adoptando y ejerciendo legislación apropiada y ofreciendo otras formas de apoyo voluntario a la Corte.
La Oficina del Fiscal, uno de los órganos de la Corte que opera de manera independiente, adelanta un análisis preliminar sobre la situación en Colombia para evaluar si crímenes que podrían estar bajo jurisdicción de la CPI están siendo procesados a nivel nacional. El Presidente de la Corte no interviene en tales actividades y su visita es completamente independiente del trabajo que adelanta la Fiscalía.
Nota sobre el acuerdo relativo a la ejecución de las penas:
El Estatuto de Roma, tratado fundacional de la CPI, dispone que las penas impuestas por los magistrados “se cumplirán en un Estado designado por la Corte sobre la base de una lista de Estados que hayan manifestado a la Corte que están dispuestos a recibir condenados”. Hasta la fecha, la CPI ha firmado acuerdos sobre la ejecución de penas con los gobiernos de Austria, del Reino Unido, de Bélgica, de Dinamarca, de Finlandia y de Serbia. Dichos acuerdos constituyen el marco jurídico para la posible ejecución de una pena efectivamente impuesta en el futuro, pero no entrañan obligación alguna para ninguna de las partes – el Estado o la CPI – de que una persona condenada por la CPI sea transferida al Estado de que se trata.
Si desea obtener más información, sírvase dirigirse a Fadi El Abdallah, oficial jurídico adjunto de sensibilización, por teléfono a: +31 (0)70 515-9152 o por e-mail a: fadi.el‑[email protected].
También es posible informarse de las actividades de la Corte en YouTube y Twitter.